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CONGRESO APRUEBA INICIATIVA PARA FORTALECER LOS REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN MÉDICA
Posted by TERCER SISTEMA
Posted on 22:02
• Se busca que el gremio de salud sea más competitivo y profesional a través de certificaciones y recertificaciones en materia
• Los usuarios de servicios de salud tendrán derecho a conocer la experiencia y reputación de los prestadores del sector salud
- Con el objeto de fortalecer la legislación respecto a la supervisión y el ejercicio de la profesión médica, su certificación, recertificación y de reconocer derechos de los usuarios de los servicios de salud, fue aprobado por unanimidad de las diputadas y diputados en Sesión Ordinaria, el Dictamen 1 de las Comisiones Unidas de Salud y Justicia, que reforma la Ley de Salud Pública para el Estado de Baja California.
La iniciativa fue presentada por el diputado Ramón Vázquez Valadez, en donde, argumentó que todo usuario de servicios de salud tiene el derecho de conocer la experiencia del prestador del servicio de salud; de su reputación y tiempo en el ejercicio profesional y de esa manera estar informado para tomar la mejor decisión en la elección de un médico, sobre todo en el sector privado.
Así mismo la reforma faculta a la Secretaría de Salud y demás autoridades sanitarias para la vigilancia de las actividades profesionales, técnicas y auxiliares, mientras que la Secretaría de Educación solo será una autoridad de apoyo, lo anterior por ser un sector tan delicado y especializado, siendo imperante que el Estado mejore los controles para los practicantes de la medicina.
Con la aprobación por parte de los legisladores del Estado, también quedó establecida la figura de “recertificación”, la cual debe ser legalmente reconocida y exigida por los Colegios y Asociaciones reconocidos, representado una figura que eleve la calidad práctica de un especialista médico, que se somete a evaluaciones periódicas ante sus homólogos, y de esta manera tener certeza de que se mantiene actualizado en sus conocimientos.
Esta figura quedará insertada en los artículos 51, 52 y 54 de Ley de Salud Pública. Con esta medida se procura garantizar el derecho humano de todos los usuarios a obtener prestaciones de salud oportunas y de calidad idónea y a recibir atención profesional y éticamente responsable, así como trato respetuoso y digno de los profesionales, técnicos y auxiliares del sector salud.